Algunas veces la nota se visualiza y/o imprime con una palabra o frase introductoria como visualización asociada al valencia del primer indicador.
La responsabilidad contable requiere que concurra relación de causalidad entre la conducta del agente y el daño causado. La sentencia del Tribunal Supremo de 26 de septiembre de 1998 señala que “la concurrencia de una relación causal difícilmente puede definirse apriorísticamente, con carácter Militar, puesto que cualquier acaecimiento lesivo se presenta normalmente no no obstante como el finalidad de una sola causa, sino más acertadamente como el resultado de un confuso de hechos y condiciones”. Por su parte, el Tribunal de Cuentas, a través de diferentes pronunciamientos[31] define como “causa suficiente para producir el resultado, aquella que inclusive concurriendo con otras, prepare, condicione o complete la batalla de la causa última” y que “es preciso determinar si la concurrencia del daño era de esperar en la esfera frecuente de los acontecimientos, o si, por el contrario, queda fuera de ese posible cálculo, de tal forma que en el primer caso existiría una causa adecuada a la producción del daño, que serviría de fundamento para indemnizar, mientras que en el segundo no.
En este designio no se lesiona lo más insignificante la voluntad del hombre; al contrario, el ser humano es libre precisamente en virtud del infinito plan de Jehová por el que le claridad a la configuración con Cristo. Ser libres es existir al modo del Hijo (cf. VS 45), que es “el Principio” de la vida humana (cf. VS 53).
Manuel J. Parodi se adentra en la Iglesia Prioral de Santo Sebastián de Puerto Vivo para contarnos historias y curiosidades de la misma. COMPARTIR EN: Manuel Parodi — 21 octubre, 2017 Hablábamos en las líneas precedentes sobre la función funeraria del templo Prioral de Puerto Verdadero (asunto al que nos hemos acercado en no pocas ocasiones precedentemente), fijando nuestra atención especialmente en los espacios sepulcrales del edificio, como las criptas existentes bajo las capillas de esta señera iglesia portorrealeña.
No obstante lo inicial, la propia Sala reconoce que el menoscabo de caudales o pertenencias públicos por quien está encargado del uso y cuidado de un admisiblemente divulgado a consecuencia de su negligente utilizacion, no siempre puede conceptuarse como inteligencia, ni tambpo dar punto a responsabilidad contable. Su actuación podría ser susceptible de crear responsabilidad civil frente a la Administración Pública, que ésta pueda hacer efectiva en ejecución de la sentencia recaída en la vía penal cuando ese hecho sea constitutivo de delito — y teniendo en cuenta, Por otra parte, que en este caso no sería de aplicación lo dispuesto en el artículo 18.2 de la LOTCu, porque no se está en presencia de un supuesto de responsabilidad contable que sea, a la ocasión, delito, sino en presencia de un hecho que da punto a una responsabilidad civil distinta de la contable que constituye infracción penal —, o que puede igualmente hacerse efectiva, en vía administrativa, con la posibilidad de revisión por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de la resolución que se dicte.
A todos los que impulsados por las palabras de Jesús “Fui forastero y me acogisteis” (Mt 25,35) o movidos por la buena voluntad, trabajan por y con los inmigrantes, emigrantes y refugiados, nuestro sincero agradecimiento.
Y nuestra bienvenida de todo corazón a los mismos inmigrantes y refugiados. Sabed que la Iglesia incluso es vuestra familia y vuestra casa.
l Tribunal Supremo, en su sentencia de 17 de abril de 2008, manifiesta que “la responsabilidad contable no se identifica, de modo necesario, con la responsabilidad civil o la responsabilidad patrimonial en que puedan incurrir, frente a la Delegación, quienes sin estar vinculados al servicio de la misma, o estándolo pero no teniendo a su cargo el manejo de bienes o caudales públicos, causen daños a éstos, acertadamente directamente, correctamente determinando la obligación de la Adminstración de indemnizar a terceros.”
nsabilidad, Triunfadorí como la necesidad de que se trate de deberes atribuidos de modo aposta por Leyes o Reglamentos”,
Entonces la revelación misma acaba siendo considerada de hecho más como un obstáculo para la decisión de pensamiento o de cátedra que como fuente suprema de libertad para el hombre y de identidad para el teólogo y su trabajo.
– Las pretensiones de índole contable se ventilan mediante un procedimiento judicial que reúne todos los requisitos procesales.
En todo caso, como en la Hogaño, los consumidores podrán presentarse a víGanador extrajudiciales de reclamación y memorial para la resolución de litigios relacionados con estos créditos.
El principal objetivo de esta nueva Directiva es avanzar en la consecución de un mercado único de créditos hipotecarios, aumentando la protección de los consumidores y, a la momento, promoviendo la concesión responsable del crédito por parte de las entidades financieras, con el objetivo final de que disminuyan los embargos y ejecuciones hipotecarias.
Cabría igualmente señalar la evidente preferencia que venían a tener los miembros del estamento eclesiástico por ser enterrados en este espacio, y en este sentido contamos con los casos de los sacerdotes Lucas Pérez, Diego Álvarez y Juan Alonso Mojarro, Por otra parte de Juan Palomino, quien fuera comisario del Santo Oficio.